viernes, enero 09, 2009

PERU SE APRUEBA LA CUSTODIA COMPARTIDA

Pleno del Congreso aprueba tenencia compartida de los hijos.
Lima, set. 25 (ANDINA).
El pleno del Congreso aprobó hoy un dictamen que modifica el artículo 81 del Código de Niños y Adolescentes, estableciendo que la tenencia de los hijos será compartida entre los padres, salvaguardándose en todo momento el interés superior de los menores.
La norma que fue sancionada favorablemente por unanimidad -la misma también fue exonerada del trámite de segunda votación- alcanza específicamente a los padres separados de hecho.Para el efecto se garantiza que la tenencia de los niños y adolescentes sea determinada- en primer término- de común acuerdo de los padres tomando en cuenta el parecer del menor.
Sin embargo se precisa que de no existir acuerdo o si éste resultara perjudicial para los hijos, la tenencia será resuelta por el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento, “pudiendo disponer la tenencia compartida salvaguardando el interés superior del niño y el adolescente”.
En ese sentido se precisa que en el caso específico que haya un desacuerdo entre los padres, el juez priorizará el otorgamiento de la tenencia o custodia de los hijos, al que garantice el derecho del menor a mantener el contacto con el otro progenitor.
En la parte considerativa del dictamen se precisa que uno de los problemas más graves de un proceso de separación y divorcio de los padres, es el que concierne a la tenencia de los hijos así como al régimen de visitas.
“Muchas veces ocurre que aún años después de producida la separación, los conflictos suscitados por la administración de la tenencia siguen originando desacuerdos. Los hijos al final de cuentas son los más perjudicados en este tipo de casos con lo cual la normatividad vigente pretende aminorar los perjuicios que el divorcio de los padres ocasiona al menor”, refiere el texto del dictamen respectivo.

lA MINISTRA PINILLA A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA

La Ministra Pinilla sugiere tenencia compartida de hijos tras divorcio convencional de padres.

La ministra de la Mujer, Susana Pinilla, saludó hoy la aprobación por parte del Congreso de un dictamen que establece la tenencia compartida de los hijos entre los padres separados de hecho y sugirió que la medida se aplique también cuando haya divorcios convencionales.
La funcionaria sostuvo que ello permitirá garantizar el equilibrio emocional y psicológico de aquellos menores que atraviesan la experiencia de presenciar la separación de sus padres, pues destacó que es importante para el niño compartir el afecto y la presencia de ambos.“Los problemas de los padres y de los adultos no deben afectar al niño.
Los padres son dos siempre y el niño tiene derecho a gozar del cariño, del afecto y del tiempo del padre y de la madre. Esta medida recoge esta necesidad y reconoce este derecho”, declaró a Andina.
Por ello la titular del Mimdes consideró que la medida no debería aplicarse solo cuando los padres terminen un proceso de separación de hecho, sino también para aquellos casos de divorcio convencional resueltos por la vía judicial, siempre que hayan niños de por medio.No obstante, Pinilla Cisneros precisó que, en caso uno de los padres demuestre conductas incorrectas o delictivas, será un juez el que determine entregar la patria potestad solo a uno de los progenitores para así garantizar las condiciones de desarrollo y bienestar del menor.
“En la medida en que no haya conductas negativas para la formación psicológica, emocional y física del niño, llegará un momento en el cual el juez determinará si la tenencia se da solo a uno de ellos. Los adultos nos tenemos que adaptar a los derechos del niño”, aseveró.
Pinilla ofreció estas declaraciones luego de inaugurar el foro denominado “Hacia una sociedad educadora: Rol de los medios de comunicación para una cultura de paz”, organizado por sus sector en las instalaciones de PetroPerú, en San Isidro.
El pleno del Congreso aprobó ayer un dictamen que modifica el artículo 81 del Código de Niños y Adolescentes, estableciendo que la tenencia de los hijos será compartida entre los padres, salvaguardándose en todo momento el interés superior de los menores.
La norma, que fue sancionada favorablemente por unanimidad -la misma también fue exonerada del trámite de segunda votación-, alcanza específicamente a los padres separados de hecho.
Para el efecto se garantiza que la tenencia de los niños y adolescentes sea determinada- en primer término- de común acuerdo de los padres tomando en cuenta el parecer del menor.
Sin embargo se precisa que, de no existir acuerdo o si éste resultara perjudicial para los hijos, la tenencia será resuelta por el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento, “pudiendo disponer la tenencia compartida salvaguardando el interés superior del niño y el adolescente”.
En ese sentido se precisa que en el caso específico que haya un desacuerdo entre los padres, el juez priorizará el otorgamiento de la tenencia o custodia de los hijos, al que garantice el derecho del menor a mantener el contacto con el otro progenitor.

PLAN DE COPARENTALIDAD EN CATALUNA

Los padres divorciados deberán pactar un plan educativo sobre el futuro de sus hijos en CataluñaBARCELONA, 10 Oct. (EUROPA PRESS)
-Los padres deberán consensuar en caso de divorcio, ya sea de mutuo acuerdo o no, un plan de parentalidad sobre el futuro de sus hijos, que incluya aspectos educativos y de formación, más allá de la guarda y custodia de los menores, según prevé el borrador de la Ley del Libro Segundo del Código Civil catalán.
La Conselleria de Justicia sostiene que la responsabilidad parental compartida es la solución mejor para los niños, que deben mantener una relación afectiva estable con ambos progenitores, aunque, en algunos casos, la custodia individual será lo más adecuado para los niños.
Pese a la ruptura, los menores tendrán derecho a mantener su relación con el resto de familiares, como los abuelos.
La igualdad de derechos y deberes entre los progenitores reduce considerablemente la litigiosidad, según se ha comprobado en Francia y Bélgica, donde ya se aplica este tipo de sistema, y elimina las dinámicas de ganadores y perdedores, favoreciendo la colaboración. Para ello, contarán con el apoyo de psicólogos, educadores sociales y otros especialistas.
En cualquier caso, se tendrán en cuenta las dinámicas familiares construidas sobre el modelo tradicional de España como los de otras culturas que se han incorporado recientemente, así como la relación de los menores con sus progenitores y la dedicación de éstos a sus hijos antes de la ruptura.
La única excepción que establece el borrador del Libro Segundo del Código Civil para denegar desde un principio la custodia compartida son los casos de violencia doméstica que, directa o indirectamente, hayan afectado a los niños.
Un motivo que también servirá para retirar la patria potestad de los maltratadores. El texto indica explícitamente que ambos cónyuges tienen la obligación de contribuir en las labores domésticas y en el cuidado de las personas que están a su cargo, si bien reconoce que el reparto de las tareas no ha avanzado al mismo ritmo que la incorporación de la mujer al mercado laboral.
Otra novedad es la atribución de la vivienda familiar, de la que, preferentemente, disfrutará el cónyuge que se encargue de los niños, si bien se deberá valorar cada caso y siempre será temporal, frente a la tendencia actual a "dotar de carácter indefinido la atribución".
Por otra parte, el borrador recupera los capítulos matrimoniales, pactos acordados en previsión de una eventual ruptura y que pueden revisarse si su cumplimiento acaba siendo perjudicial para uno de los cónyuges o si las circunstancias han cambiado de forma imprevisible. Dichos acuerdos debían fijarse antes de casarse, pero ahora pueden establecerse en cualquier momento.
RECONOCE TODOS LOS MODELOS DE FAMILIA.
El futuro Código Civil, basándose en el nuevo marco legal, reconoce todos los modelos de familia --como las monoparentales, las reconstituidas o las homoparentales--, y "llena las lagunas hasta ahora existentes" en cuanto a la emancipación y el régimen jurídico del menor emancipado.
Además, como ya se desprendía del recién aprobado Código de Sucesiones, establece que se es persona desde el nacimiento, "sin exigir la concurrencia de requisitos anacrónicos de viabilidad legal", y una norma sobre conmoriencia "más respetuosa con la voluntad del causante que quería favorecer a una determinada persona y no a los herederos de ésta".Por eso, se exigirá que el beneficiario sobreviva al cónyuge fallecido un mínimo de 72 horas.

LOS PADRES SEPARADOS PODRAN COMPARTIR LA TENENCIA DE SUS HIJOS

Los padres separados podrán compartir la tenencia de sus hijos.Los fallos judiciales deberán procurar el mayor beneficio de niños y adolescentes.Por Andrea Castillo Calderón.
El 27 de octubre se vence el plazo para que el Ejecutivo observe o dé visto bueno a la autógrafa que modifica el artículo 81 del Código de Niños y Adolescentes, el cual establece que los padres separados podrán compartir la tenencia de sus hijos.
La norma, que fue aprobada por unanimidad y exonerada del trámite de segunda votación en el Congreso a fines de setiembre, se aplicará no solo a los padres divorciados, sino también a los separados de hecho.
El texto modificado del Código de Niños y Adolescentes señala que la tenencia de estos menores será definida, siempre que sea posible, de común acuerdo entre los padres y considerando la opinión del menor.
Sin embargo, de no existir consenso o si este resultara perjudicial para los hijos a criterio del juez, este resolverá la disputa optando en primer orden por la tenencia compartida.Ello significa que el menor podrá vivir un tiempo con un padre y luego con el otro.
Al determinar en qué casa vivirá la mayor parte del tiempo, el juez dará prioridad a aquel padre que garantice el derecho del menor a mantener contacto con el otro progenitor.Si la tenencia compartida no es lo más beneficioso para el menor, el juez le dará la custodia a aquel progenitor con quien el hijo haya convivido más tiempo desde la separación.
El menor de 3 años permanecerá con la madre, siempre que le sea favorable.En toda circunstancia se deberá salvaguardar el interés superior de los menores; es decir, se deberá procurar su mayor beneficio.
Fermín Chunga Lamonja, presidente del Comité de Familia y Niñez del Colegio de Abogados de Lima, sostuvo que la tenencia compartida es un ideal que funciona cuando los padres que se separan o divorcian llegan a un acuerdo sobre la tenencia de los hijos.
Pero cuando ese acuerdo no existe, será el juez quien tomará la decisión, salvaguardando el interés superior del niño y del adolescente.
"Eso exige jueces especializados, con conocimiento de psicología y con mucha paciencia para defender los derechos de los niños, pues solo así sus casos dejarán de ser vistos como un número de expediente más", comentó Chunga Lamonja.
PROCESOS MUY LARGOS.
Aunque el proyecto de ley amplía la capacidad de decisión del juez, que podrá optar por la tenencia compartida, el cambio legislativo no tendrá efecto directo en la duración de los procesos por tenencia, que demoran en promedio un año, según explicó Cecilia González Fuentes, vocal de la Primera Sala de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima.Para Luis Zapata Ponce, ex decano del Colegio de Psicólogos del Perú, la propuesta es acertada en términos generales.
Sin embargo, el especialista aclaró que, para asegurar un adecuado desarrollo del niño, ambos padres deberán mantener las mismas pautas de crianza.Yolanda Llanos, abogada de la ONG Acción por los Niños, espera que realmente se tome en cuenta la opinión y los sentimientos de los niños.
"Hay que tener cuidado con la norma, pues se corre el riesgo de resolver en función de los intereses de los padres antes que del interés de los hijos", acotó.

CUSTODIA COMPARTIDA

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/familia/2003/10/08/66380.php?page=3

Custodia compartidaUna fórmula que ya se ha implantado en otros países.Beneficios e inconvenientes.De los resultados obtenidos de las experiencias en otros países, así como de la opinión de distintos expertos en esta materia, se desprenden las principales ventajas e inconvenientes que comporta la custodia compartida.
Respecto a la custodia monoparental o exclusiva, la coparentalidad conlleva beneficios tanto para el menor como para la relación entre los progenitores:Se preserva mejor la continuidad de la vida familiar del niño.
Las distintas experiencias en custodia compartida han demostrado que se reduce el fracaso escolar, así como las posibles carencias de afectividad.La presencia de las dos figuras, paterna y materna, en la educación facilita una distribución de las tareas de crianza, la participación en la toma de decisiones y la superación del cliché machista de "padre proveedor" y "madre cuidadora".
Esto favorece, por una parte, la integración social y laboral de las mujeres y, por otra, estimula en los hombres valores considerados tradicionalmente femeninos.Los niños desarrollan una mentalidad y actitud distinta ante la ruptura de sus padres, al no culpabilizarse por ella y seguir manteniendo la relación con los dos.Los expertos aseguran que la custodia compartida exige que el niño tenga que adaptarse a dos maneras de entender la vida.
Asimismo, el presidente de APFS, Juan Luis Rubio, destaca "una disposición más positiva a las posibles relaciones futuras de pareja como adultos".
La relación de los ex cónyuges resulta menos conflictiva, ya que han debido establecer un acuerdo previo, y desaparecen muchos de los aspectos que más enfrentamiento provocan: la utilización del piso conyugal, el pago de pensiones compensatorias, el impedimento de régimen de visitas, etc.Y, lo que aún es más importante, se deja de utilizar a los hijos como arma arrojadiza o de presión en el reparto de bienes.
Como consecuencia, el número de litigios por separación o divorcio descendería, como demuestran las experiencias en otros países.El padre se siente más implicado e integrado en la educación y desarrollo de sus hijos, al permitirle mantener sus lazos de afectividad y una relación constante.
Este hecho supone una ventaja añadida, ya que reduce el impago de pensiones.Entre los inconvenientes que se suelen adjudicar a la custodia compartida, destacan:El continuo cambio de domicilio cuando se opta por la alternancia entre la vivienda materna y paterna.
Los detractores de la custodia compartida arguyen que el hecho de que el menor esté haciendo maletas continuamente y vaya de un sitio para otro perjudica a su estabilidad emocional.Existe una mayor exigencia y necesidad de entendimiento entre los ex cónyuges, para establecer el acuerdo, que en algunas situaciones resulta muy complicado, debido al profundo deterioro de la relación de pareja.

LA CUSTODIA COMPARTIDA EN LA RIOJA

Tras la ruptura de una pareja toca decidir cuál de los padres se hace cargo de los hijos. Por norma, la tutela puede recaer en el padre o en la madre y, desde la reforma legal de 2005, en ambos.

Lograr la custodia compartida sería lo ideal, pero sobra decir que el sentido común no siempre se impone. Es má, tales casos aún siguen siendo minoría.Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) relativos a 2007, la custodia de los hijos sólo fue compartida en el 12,2% de los divorcios y las separaciones registradas en La Rioja, un índice que, pese a todo, supera en el 1,4% a la media nacional y en el 5,6% a la vecina navarra con el doble de población.
La madre, todavía, tiene todas las de ganar. El que después de una separación o divorcio los vástagos continúen conviviendo con los progenitores por igual sigue siendo «excepción» en España.
Así lo ponen de manifiesto los datos del INE y así se encargan de confirmarlo desde la Asociación ‘Divorcio Justo’ Rioja.En la Comunidad Autónoma, y pese a que la custodia compartida comienza a despegar en los últimos años, apenas 12 de cada 100 parejas disueltas optaron por compartir la crianza de sus hijos tras romper el pasado 2007.
Ese mismo año, hasta en el 83,5% de los divorcios y separaciones la custodia fue concedida a la madre y en un raquítico 4,22% de los casos, al padre. «Los hijos deben tener padre y madre y eso no se les puede quitar ni con ley ni sin ella: los padres también queremos educar, formar y convivir con nuestros hijos», sentencia un portavoz desde la Asociación ‘Divorcio Justo’ Rioja, surgida al amparo de un colectivo de padres separados «indignados con un sistema judicial que prima la solución más económica para la madre en detrimento de la más beneficiosa para el propio menor».
‘Divorcio Justo’ nace al calor de un movimiento global surgido recientemente que, encabezado por padres jóvenes separados, reivindica la participación del hombre en el cuidado de los hijos «en igualdad de condiciones».
El fenómeno ha obligado incluso al INE a contabilizar desde el pasado año las estadísticas relativas a la custodia compartida dentro de su tradicional estudio sobre nulidades, separaciones y divorcios.
Desde la asociación riojana se advierte de que pese a que las cifras podrían inducir a pensar que la custodia compartida ha ido ganando terreno con el paso del tiempo, ello obedece únicamente a que el aumento de las separaciones de mutuo acuerdo lleva aparejado el consiguiente entendimiento entre ambas partes a la hora de dar respuesta a la pregunta de qué hacemos con los hijos.Por el contrario, «es imposible que una separación que acabe en contencioso concluya con custodia compartida.
Llegados a los tribunales, a día de hoy, no conozco a nadie que haya alcanzado un acuerdo amistoso», avisa el portavoz de ‘Divorcio Justo’.


CUSTODIA COMPARTIDA:

Un derecho de los padres...: La custodia compartida es un derecho de los padres a compartir la crianza de sus hijos. «Los hijos deben tener padre y madre y eso no se les puede quitar ni con ley ni sin ella», sentencian desde 'Divorcio Justo' Rioja....
Evita la separación familiar, no sólo del padre no custodio, sino de los abuelos, tíos, primos... «La injusticia con los menores afecta al resto de la familia que se ve privada de su compañía», avisan desde la asociación.
Contra las denuncias falsas y el síndrome de alienación parental: Desde 'Divorcio Justo' Rioja se alerta del proceso por el cual uno de los padres consigue manipular a los menores haciéndoles ponerse en contra del otro, así como de las denuncias falsas urdidas por una parte de la pareja para lograr la custodia de los pequeños.

jueves, enero 08, 2009

VENTAJAS DE LA CUSTODIA COMPARTIDA

Custodia compartida: Una fórmula que ya se ha implantado en otros países. Beneficios e inconvenientes.

De los resultados obtenidos de las experiencias en otros países, así como de la opinión de distintos expertos en esta materia, se desprenden las principales ventajas e inconvenientes que comporta la custodia compartida.
Respecto a la custodia monoparental o exclusiva, la coparentalidad conlleva beneficios tanto para el menor como para la relación entre los progenitores: Se preserva mejor la continuidad de la vida familiar del niño. Las distintas experiencias en custodia compartida han demostrado que se reduce el fracaso escolar, así como las posibles carencias de afectividad.
La presencia de las dos figuras, paterna y materna, en la educación facilita una distribución de las tareas de crianza, la participación en la toma de decisiones y la superación del cliché machista de "padre proveedor" y "madre cuidadora".
Esto favorece, por una parte, la integración social y laboral de las mujeres y, por otra, estimula en los hombres valores considerados tradicionalmente femeninos. Los niños desarrollan una mentalidad y actitud distinta ante la ruptura de sus padres, al no culpabilizarse por ella y seguir manteniendo la relación con los dos.
Los expertos aseguran que la custodia compartida exige que el niño tenga que adaptarse a dos maneras de entender la vida.Asimismo, el presidente de APFS, Juan Luis Rubio, destaca "una disposición más positiva a las posibles relaciones futuras de pareja como adultos".
La relación de los ex cónyuges resulta menos conflictiva, ya que han debido establecer un acuerdo previo, y desaparecen muchos de los aspectos que más enfrentamiento provocan: la utilización del piso conyugal, el pago de pensiones compensatorias, el impedimento de régimen de visitas, etc.Y, lo que aún es más importante, se deja de utilizar a los hijos como arma arrojadiza o de presión en el reparto de bienes.
Como consecuencia, el número de litigios por separación o divorcio descendería, como demuestran las experiencias en otros países.El padre se siente más implicado e integrado en la educación y desarrollo de sus hijos, al permitirle mantener sus lazos de afectividad y una relación constante. Este hecho supone una ventaja añadida, ya que reduce el impago de pensiones.
Entre los inconvenientes que se suelen adjudicar a la custodia compartida, destacan: El continuo cambio de domicilio cuando se opta por la alternancia entre la vivienda materna y paterna. Los detractores de la custodia compartida arguyen que el hecho de que el menor esté haciendo maletas continuamente y vaya de un sitio para otro perjudica a su estabilidad emocional. Existe una mayor exigencia y necesidad de entendimiento entre los ex cónyuges, para establecer el acuerdo, que en algunas situaciones resulta muy complicado, debido al profundo deterioro de la relación de pareja.

ESTUDIOS SOBRE LA CUSTODIA COMPARTIDA

En esta sección presentamos una recopilación de estudios sobre las ventajas y la viabilidad de la custodia compartida, con especial atención a su importancia para el desarrollo armónico y equilibrado del niño.
En general, todos ellos coinciden en atribuir a la custodia compartida sustanciales ventajas respecto de la custodia exclusiva, entre otras las siguientes:
Para el niño: Mejor adaptación a su entorno; mayor rendimiento escolar. Mayor satisfacción con la distribución de los tiempos de convivencia. Mayores niveles de autoestima y confianza en sí mismo. Mejor relación con cada uno de sus padres. Menos problemas psíquicos o síntomas de estrés psicosomático. Menos interferencias de nuevas parejas de los progenitores. Menos probabilidades de maltrato físico.
Para los padres: Menos conflictividad y más cooperación. Más satisfacción en la relación con los hijos.Menos recurso a los castigos físicos. Menos recurso a la presión psicológica y a la culpabilización del otro progenitor. Mayor cumplimiento de pagos económicos.

LAS MUJERES TIENEN MAS VENTAJAS PARA OBTENER LA CUSTODIA DE LOS HIJOS

"Si la mujer no quiere custodia compartida, el hombre es un convidado de piedra"A. GRADOS.

Varias asociaciones denuncian que las mujeres tienen, "por tradición", más ventajas que los hombres para tener la custodia de los hijos.
"Si no hay acuerdo entre los padres, las madres suelen ganar".
Dicen que ha crecido el número de denuncias falsas por malos tratos.


Un estudio de Gallup presentado en 2005 señala que el 83% de los españoles está a favor de la custodia compartida. Sin embargo, cuando una pareja con hijos termina su relación, conseguir esa custodia tras el divorcio se convierte en un asunto muy complicado.
En el juicio por la separación el hombre es un convidado de piedra.
"Si hay custodia compartida es porque la mujer quiere, pero si ella no ofrece esa opción, en el juicio por la separación el hombre es un convidado de piedra". Lo dice Fernando Basanta, de la Asociación de madres y padres por la coparentalidad, que denuncia la complicación para los hombres divorciados de conseguir una custodia compartida de sus hijos.
Sus palabras se refuerzan con los datos ofrecidos este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que señala cómo la concesión de las custodias compartidas ha ido creciendo, aunque de forma muy ligera ya que representaron en torno a un 10% de las separaciones y divorcios de 2007.
Eso sí, este dato sólo vale en los casos que se han tramitado de mutuo acuerdo.El motivo, según el INE, es la última reforma de la ley del divorcio del 2005 que ha favorecido que las separaciones tengan una solución amistosa de cara a la educación y cuidado de los hijos.
"Las mujeres tienen ventaja"Pero no todo es lo que parece."En 2005 se legisló la custodia compartida pero para ponerla casi imposible.
Si no se llega a un acuerdo entre los padres, el 95% de los casos que llegan a juicio salen a favor de las mujeres", según Javier Contrasta, de la Federación Catalana de Afectados por los Divorcios y Separaciones.
Las custodias de los hijos se dan a las madres por tradición.Contrasta asegura que las custodias de los hijos se dan a las madres "por tradición".Y eso a pesar de que en la actualidad "los padres se implican más por sus hijos".
Sin embargo, "la Justicia va más lenta que la demanda social" y suele dar más respaldo a las mujeres que a los hombres."Aquí los grupos feministas tienen más ventajas -continúa Contrasta- cuando son los hombres los que están en una desigualdad absoluta"."La ley debe ajustarse a los cambios y reconocer que los padres también tienen el derecho de estar con sus hijos", apunta Basanta.
Ambos denuncian que en la mayoría de los casos es el hombre quien debe abandonar el hogar familiar, "con la humillación incluso de tener que volver a vivir con sus padres", pagando la vivienda y una pensión cuando hay casos en el que el divorciado se encuentra en el paro."Se debería separar el tema económico para que los niños no sean usados como moneda de cambio", dicen.
También se quejan de que aumenten las denuncias falsas por malos tratos, "lo recomiendan algunos abogados", para ganar más dinero."El auténtico maltratado es el hombre", afirma Contrasta.Y todo sin tener en cuenta que lo único que quieren estos padres es estar con sus hijos.
Por ello han organizado la asociación Unidos por la Custodia Compartida que ya el pasado 5 de octubre celebró una manifestación en Madrid en defensa de sus derechos y tienen otra concentración convocada para el próximo 30 de noviembre en Barcelona.
Su lema define sus intenciones: "Por el derecho de los niños y niñas a seguir teniendo padre y madre en igualdad de condiciones tras los procesos de separación o divorcio".

AUMENTAN EN ESPANA LAS CUSTODIAS COMPARTIDAS

Aumentan paulatinamente las custodias compartidas. La última reforma de la ley del divorcio ha introducido un paulatino cambio en la concesión de las custodias compartidas, que han ido creciendo y ya representan en torno a un 10 % de las separaciones y divorcios tramitados de mutuo acuerdo en 2007.

El último año es el 1º en el que el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha cuantificado las custodias compartidas dictadas por los jueces en las rupturas de parejas con hijos menores: 709 en el caso de las separaciones (un 11 por ciento del total) y 6.249 en el de divorcio (9,6 por ciento).3 años después de la última reforma de la ley del divorcio -ha indicado a Efe la presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, Altamira Gonzalo,- no se ha producido un cambio 'sustancial' en torno a esta cuestión, pero sí hay una paulatina transformación: algún padre lo está pidiendo y las parejas empiezan a pactarlo.
Pese a que la tendencia sigue siendo dársela a la madre, 'sí que es cierto que hay un aumento de custodias paternas. La reforma legislativa de julio de 2005 estableció, tras una polémica tramitación, lo que ya venían otorgando excepcionalmente los jueces: el derecho de los cónyuges a compartir la guarda y custodia de los hijos, en una situación de mutuo acuerdo, y que pudiera concederse a instancia de uno de los progenitores.
En ambos casos se exige un informe favorable del fiscal y del equipo psicosocial del juzgado.A juicio de Gonzalo, no parece que los padres se estén implicando del mismo modo que las madres en la crianza de los hijos, algo que achaca a factores culturales y a la realidad del mercado laboral español para la mujer.
Como botón de muestra resalta que del conjunto de excedencias pedidas en 2007 para el cuidado de hijos 37.950 correspondieron a mujeres y 2.327 a hombres.La tónica es similar durante este año: de las 20.865 excedencias solicitadas hasta el pasado 30 de junio 19.300 eran de mujeres.
Según Elena Zarraluqui, del bufete de abogados especializado en derecho de familia Zarraluqui, en la práctica se dan pocas custodias de este tipo cuando uno de los padres se opone, una decisión que cuenta -por lo menos en Madrid- con el apoyo de los fiscales.En cualquier caso -ha señalado la abogada en declaraciones a Efe. 'es muy complicado y hay que tener muchas ganas para que funcione'.'
Cuando los padres se separan no se separan los hijos', ha recalcado la letrada, quien se muestra partidaria de las custodias compartidas por periodos trimestrales al coincidir con los períodos escolares de vacaciones.
Pese a que la tendencia sigue siendo dársela a la madre, 'sí que es cierto que hay un aumento de custodias paternas , que no es como antes, que la madre tenía que estar absolutamente destrozada para que no se la dieran'.
Hay distintas teorías sobre el modo de compartir la custodia:la de 'compartir el nido', según la cual los niños deben permanecer en el domicilio familiar, son los padres los que tienen que entrar y salir, pero significa tener dos casas.
Zarraluqui ha apuntado además un tema 'sangrante': la mayoría de las veces las mujeres con la custodia compartida pierden 'muchos derechos económicos porque ya no tienen una pensión de alimentos' y el uso del domicilio familiar ya no es tan directo.

MADRID TIENE UN BAJO PORCIENTO DE CUSTODIAS COMPARTIDAS

El 10 % de parejas elige esta opción .Valencia y Cataluña superan la media nacional; Madrid, en cambio, no llega al 6 %.

"María pasa 2 días a la semana conmigo y 2 con mi ex mujer. Los fines de semana nos alternamos. A veces ella misma nos organiza. Dice: Este fin de semana repito contigo... Pedro Diéz, periodista de 42 años, habla de su hija de 12.
Hasta hace cuatro años, la madre de María, profesora, tenía la custodia. Pero entonces decidieron pasarse a la compartida.
Para él "es el modelo lógico", sólo en el 10% de las rupturas que hubo en España en 2007 (en un 6,1% de las separaciones y en un 4,97% de los divorcios) se llegó a esta solución.
Son cifras del INE, que por primera vez analiza la variable.Las regiones donde más parejas eligieron esta opción fueron la Comunitat Valenciana (13,2 %) y Cataluña (11,5 %).
Madrid sólo llegó al 6%."El dato que debería presentarse -sostiene Javier Contrasta, del colectivo Unidos por la Custodia Compartida- es en cuántos casos se optó por la custodia compartida de común acuerdo y sin juicio".
Como él, Pedro reconoce que, de los muchos divorcios de su entorno, no conoce ninguno en que se haya llegado a la custodia compartida estando alguna de las partes en contra.
La Ley de Divorcio de 2005 contempla esta posibilidad, siempre en el caso de que el ministerio fiscal lo apruebe.
Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha defendido en dos sentencias la custodia compartida.
Los defensores de la custodia compartida argumentan que ésta:
1.- no priva al niño de ver a alguno de los dos padres (y a toda su rama familiar),
2.- evita trastornos emocionales (pues el niño entiende que los padres dejen de quererse pero noque le dejen de querer a él) y
3.- evita que los pequeños sean tratados como moneda de cambio.
Las fórmulas abundan. Hay custodia compartida por periodos semanales o por trimestres.Y una modalidad original: "compartir el nido", que consiste en conservar el domicilio familiar para el niño permanentemente y para los padres por turnos.
"A mí eso, que te obliga a tener tres pisos, me parece una locura", reflexiona Pedro, desde la práctica."Nosotros vendimos la casa y ahora vivimos cerquita el uno del otro, y con el cole también a un paso".
Aunque tampoco hay datos, parece natural que cada vez haya más padres y madres a favor de compartir la custodia.
Y cada vez más abogados que no se rindan a la primera, como antes, cuando recomendaban "luchar por un buen régimen de visitas y por pagar lo menos posible".

DONDE ESTA MI PAPA?

por faisel iglesias


La custodia monoparental es un crimen contra los niños con el que colabora todo aquel que no se opone a la misma.
Renunciar al cuidado de nuestros hijos atenta contra el derecho de nuestros hijos a tener padre y madre en igualdad de condiciones.
Quien permite que le sea sustraído un derecho fundamental como la paternbidad, renuncia a un derecho natural, reconocido en la Carta de las Naciones unidas y se convierte en una persona que acepta la alienacion y la indignidad.
La persona que acepta que uno de los padres asume la custodia de sus hijos permite confusión terminológica y jurídica entre matrimonio y familia, confusión de graves consecuencias sociales que hace que se separe lo que hay que salvaguardar (familia) mientras se mantiene lo que hay que disolver (las relaciones dañinas, oportunistas, matrimonio sin afecto y sin respeto) y permite que se le criminalice pues de lo contrario no podría ser privado del derecho fundamental a convivir con sus hijos en igualdad de condiciones.
Esta criminalización de la figura paterna comporta graves consecuencias en el desarrollo psicológico de los hijos.
La persona que acepta la separacion de sus hijos asume su discriminación por razón de sexo situándose al margen de la justicia de cualquier sociedad moderna que establece en su constitución la igualdad y rechaza dicha discriminación y acepta que los derechos del padre custodio estén por encima del derecho de los hijos, pervirtiendo el espíritu y la misma esencia de la contitucion y las leyes.
La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensión alimenticia a través de otra persona (padre o madre custodio) hace dejación de un derecho fundamental e inalienable a proporcionar alimento y protección directamente a su descendencia, siendo su situación contraria a la que corresponde a cualquier cultura tanto humana como incluso animal.
La conculcación de este derecho tiene graves consecuencias en el mantenimiento de la relación afectiva y personal de los hijos con aquellos padres que aceptan no ser proveedores directos de protección y alimento y lesiona para siempre los rasgos de la personalidad de sus hijos.
La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensióón alimenticia a través de otra persona renunciando al derecho de la convivencia en igualdad de condiciones con sus hijos, en realidad no rompe el vínculo con su expareja, sino que lo alarga en el tiempo bajo una nueva y al mismo tiempo antigua y amarga fórmula: la servidumbre propio de los regímenes de esclavitud.
La persona que acepta la custodia monoparental pervierte el derecho sucesorio y acepta que los bienes que corresponden a sus hijos, puedan ser sustraídos por el excónyuge custodio.
La persona que acepta la custodia monoparental sabe que sus hijos se situaran en niveles de desprotección de los que dan cuenta los estudios sobre violencia doméstica, lo que constituye una grave irresponsabilidad.La persona que acepta la custodia monoparental asume a para sí y para sus hijos un juicio injusto en el que no existe "" delito"" alguno y no obstante serán castigados con la privación de un derecho.
La persona que acepta la custodia monoparental asume que se le someta a él y a sus hijos a un juicio ""previo"" sin garantíía procesal alguna que tendráá lugar en el marco de actuación de los gabinetes psicosociales de los juzgados.
La persona que acepta la custodia monoparental asume el juego perverso que se da entre juzgados de familia y gabinetes psicosociales por el que estos aportan pseudoteorías psicológicas , obsoletas desde el punto de vista científico, viciadas muchas veces por ideologías revanchistas y obtienen así el contenido para sus sentencias que no pueden justificar de otra manera.
El que renuncia a la custodia de sus hijos los expone al sindrome de alieneacion parental quel se define comúnmente como el establecimiento de barreras hacia la relación o, incluso, la incitación a odiar al progenitor no custodio por parte del progenitor que detenta la custodia monoparental.
Cuando se prueba la mala voluntad del progenitor custodio en la creación del síndrome de alienación parental, éste es considerado un delito por la justicia y puede ser castigado incluso con el cambio de custodia a favor de padre no custodio.
Sentencias en este sentido se han firmado a lo largo y ancho de la geografía del mundo en estos últimos años.
No obstante considerarse un progreso, esta definición es incompleta. Alienar significa (según el diccionario de la RAE) trastornar mentalmente pero también, y esta es la definición que nos atañe, el acto de desposeer o privar de algo, en este caso, el derecho a tener padre y madre en igualdad de condiciones.
También significa quitar, pasar o transmitir a otro el dominio de una cosa. En este sentido los principales responsables de la creación del síndrome de alienación en nuestros hijos y en el resto de los miembros de la familia son los jueces.
La alienación la crea quien conculca un derecho y en este caso no es el progenitor custodio (el que conculca el derecho) el padre o madre custodio y el juez, siendo el progenitor custodio, junto a su hijo, victimas, pasivas.Es una contradicción que un juez que produce la alienación de los hijos castigue al cónyuge custodio quien no hace sino ejecutar su mandato. Esto explica que difícilmente los jueces condenen por el concepto de alienacióón parental al exconyuge custodio.

CAUSA ESTRAGOS LA CUSTODIA MONOPARENTAL EN ESPANA

VENDE MAS LA VIOLENCIA A LA MUJER QUE LA VIOLENCIA DE LA MUJER, aunque las victimas sean los iniocentes


La Custodia Mornoparental en España, después de más de 25 años desde que salió la ley del divorcio está causando estragos en la sociedad española.
En más del 95% de los casos de ruptura matrimonial, la guardia y custodia es siempre para las madres.
Las consecuencias inmediatas de dicha ley serían muchas; como la separación de la relación paterno filial (incluidos los familiares paternos).
Hijos que no ven a sus padres, falsas denuncias, aumento de la mal llamada violencia de género, colapso en los tribunales, proliferación de organismos para (solo) mujeres.
La consecuencia a largo plazo (más de 25 años) de esta ley se están viendo día a día; la continua violencia que ejercen los menores para con la sociedad y la familia.
Llegaremos algún día a ser (europeos) como los franceses, suizos. Donde despúes de contemplar dicha violencia encuentran la solución CUSTODIA COMPARTIDA, para reducir drásticamente la violencia.
Aquí reflejo una muestra diaria o semanal de estas noticias, que pueden quedar relegadas al olvido, no son tan comentadas en los medios de comunicación a bombo y platillo.
Vende más la noticia sobre la violencia a la mujer que la violencia de la mujer. Si alguien no quiere ver dicha weblogs está en su derecho, existen muchas, y animo para que vean todas la posibles.

PROYECTO DE CUSTODIA COMPARTIDA EN PUERTO RICO

por faisel iglesias

El senador Carmelo Ríos, del partido Nuevo Progresista, ha radicado, por segunda ocasión, su proyecto de ley sobre la custodia compartida de los menores.
En el anterior cuatrienio el Senador había propuesto el mismo proyecto, sin embargo, las feministas - que paradoja - se opusieron a ello.
A pesar de que la Constitución establece la igualdad de derecho entre el hombre y la mujer, paradojicamente, las feministas en Puerto Rico, que por décadas habían abogado por la igualdad de los sexos, se opusieron a ello.
Para muchos ello se debe a que muchas de las llamadas feministas no son femeninas y desarrollan una guerra antihombres. Para otros la razón es que muchas mujeres viven de las pensiones alimenticias que los padres le pasan a los hijos y que en Puerto Rico, llegan a consumir tres cuartas partes del salario del alimentante.
Tanto una razón como la otra nos parece injusta y no se piensa en los hijos que tienen derecho a tener Papa y mama en igualdad de condiciones

DIVORCIO EN GALICIA

Galicia es la Vª comunidad en la que más padres separados comparten la custodia de sus hijos. Los psicólogos afirman que es el mejor sistema para los menores.

ANA RAMIL. A CORUÑA. 15 días en casa de papá y otros 15 con mamá. Esta es la situación que viven cada vez más niños gallegos, hijos de padres divorciados que, de forma voluntaria o por decisión judicial, han optado por la CUSTODIA COMPARTIDA.
Todavía son una minoría -sólo representan el 7% de los divorcios o separaciones con hijos en Galicia- pero que ambos progenitores afronten en igualdad de derechos la educación y cuidado de los menores es una opción que cada día gana más adeptos.
En España, la custodia compartida es ya el sistema elegido por el 10% de los matrimonios rotos mientras que, en Galicia, 327 progenitores se decantaron por ella durante el pasado año, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística.
Los pontevedreses son quienes se muestran más favorables a este tipo de custodia (151 casos en un año); seguidos de los vecinos de A Coruña (109), los lucenses (34) y los ourensanos (33).Estos datos indican que los gallegos son más proclives a este sistema que la mayoría de los españoles: es la Vª comunidad con más casos de custodia compartida, sólo superada por Cataluña, Valencia, Madrid y Andalucía.
El ligero aumento en este tipo de custodia obedece a la reforma de la ley del divorcio que se realizó en 2005. Hasta entonces, sólo el juez podía obligar a compartir la guarda de los niños.
Ahora, cualquier pareja de mutuo acuerdo o uno de los cónyuges puede reclamarla siempre que se presente un informe favorable del equipo psicosocial y otro del fiscal del juzgado.Los psicólogos gallegos tienen claro que la custodia compartida es la mejor opción para los menores."
Es el método más positivo porque el niño mantiene el contacto con ambos progenitores, asimila mejor la nueva situación y es más difícil que alguna de las dos partes intente manipular al pequeño", sostiene el miembro del departamento de Psicología Clínica del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia, Manuel Castro Bouzas, quien añade: "También es positivo para las propias parejas porque están obligadas a verse, a llegar a acuerdos sobre el cuidado del hijo.
Dos fórmulas: o bien el niño permanece en el domicilio familiar y son los padres quienes se intercambian periódicamente -lo que les obliga a tener una segunda residencia- o bien, el menor pasa ciertos periodos (semanas o meses) en casa de uno de los padres y el mismo tiempo en la vivienda del otro.Este ir y venir de una a otra casa no causa, según los psicólogos, ningún trastorno al pequeño."No hay ningún estudio que demuestre que quienes viven en un único hogar son mejores que los que comparten dos.
Al principio puede resultar difícil pero a la larga, los beneficios son más que los inconvenientes", señala Bouzas y resalta: "Debe primar el sentido común. Está claro que el tener dos casas sólo es posible si ambas están cerca del colegio del niño".Para este psicólogo gallego, la custodia compartida es lo ideal salvo que uno de los cónyuges maltrate al menor o que los padres no estén de acuerdo en este sistema."Sería meter al niño en una batalla de adultos", sostiene.
Algo que, en su opinión, es bastante frecuente cuando una pareja rompe."Son pocos los que piensan en el niño. La idea del hijo para mí o para ti no es correcta", señala.Bouzas tiene claro que cuando esto ocurre habrá algún adulto que gane pero lo que es seguro es que el niño siempre sale perdiendo.Custodia materna en Galicia. 8 de cada 10 casos.
A la hora de quedarse con los niños tras un proceso de separación, las madres suelen tener siempre las de ganar. Prueba de ello es que en el 86% de los casos de divorcio que se registraron en Galicia durante el año pasado —unos 3.159— la custodia fue a parar a manos de la mujer, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística.
En el caso de los hombres, la cifra de padres que lograron la custodia fue de 205, superados por la parejas que obtuvieron la guarda compartida.La dinámica es similar en todas las provincias gallegas.
En La Coruña la mayor parte de las custodias fue a recaer en la madre (1.315) y 75 a los padres, en Pontevedra (1.180 y 79, respectivamente), en Lugo (317 y 24) y en Ourense (347 y 27).Lo más habitual es, sin embargo, perjudicial para los menores.
“Con la custodia compartida, los dos padres participan directamente en el desarrollo del pequeño. Si la guarda está en manos de uno de ellos, el otro se convierte en un mero visitador que viene el fin de semana”, señala el psicólogo gallego Manuel Castro Bouzas, quien añade: “Antes de la separación hay un deterioro en la convivencia familiar que, si el niño va a vivir sólo con uno de ellos, nunca llegará a recuperarse”.
Para Bouzas, quienes optan por compartir la custodia “demuestran una gran madurez” ya que son capaces de llegar a acuerdos sobre el bienestar del pequeño con quienes acaban de separarse.

NUEVAS SOBRE LA CUSTODIA COMPARTIDA

José Manuel Aguilar (Madrid, 1968) publica "enemos que hablar:Cómo evitar los daños del divorcio "(Ed Taurus). Ha escrito "Síndrome de Alienación Parental "y "Con mamá y con papá".Participa hoy en una mesa redonda sobre Interferencias parentales, a las 16 horas en el salón de actos de la Facultad de Derecho de Donostia, con entrada libre. Se inscribe en la II Jornada de Puntos de Encuentro Familiar, organizada por Kidetza, Federación de Euskadi de Padres y Madres Separados. Información en http://www.kidetza.com/ «Crece la custodia compartida, que es lo mejor para los hijos»
José Manuel Aguilar defiende la mediación familiar por el bien de los hijos.Publica un libro sobre cómo evitar los daños del divorcio y participa hoy enDonostia en la II Jornada para Profesionales de Puntos de Encuentro Familiar. Apuesta por la mediación familiar y la custodia compartida, opciones que crecen en los casos de divorcio, «aunque más lentamente de lo que nos gustaría».
El psicólogo clínico y forense José Manuel Aguilar, autor, entre otros, del libro "Tenemos que hablar ", participa hoy en Donostia en la II Jornada de Puntos de Encuentro Familiar, organizada por Kidetza.-
Dice que la generación más afectada por el divorcio es la 'generación obediente'. Obedecieron a sus padres y ahora obedecen a sus hijos. ¿Cambia el panorama?- Las parejas no son las de hace 15 años. La distribución de roles ha cambiado.Los padres que reclaman estar presentes en la educación de sus hijos después del divorcio han cambiado pañales y han tenido un papel más activo en la crianza.Pero cuando se divorcian encuentran que se les deja a un lado, como satélites o visitadores.Y nadie educa estando de visita. Si hoy hay grandes problemas para educar a los hijos, cuando los padres están separados, las dificultades son mayores.-
Dice que en los tribunales los padres siempre pierden frente a las madres.- Es la estadística. La custodia femenina es automática. Si se le otorga al varón es por demérito de la mujer.- La 'custodia compartida', un término que aún suscita rechazo. ¿Por qué?- Fundamentalmente por ignorancia.
Muchos jueces dicen que los niños se desestabilizan.Y está comprobado que no es así. Hay un inmovilismo en la Administración judicial.Es muy conservadora, prejuiciosa y poco dada a conocer.- ¿Aumentan los casos de custodia compartida?- Sí. Estamos cerca del 10% en el Estado, aunque nos gustaría que el porcentaje creciera más rápidamente. Se va quitando esa imagen negativa que muchos abogados y psicólogos se han encargado de promover.
Han ignorando una realidad que viene demostrando la Psicología desde hace 30 años.- La mediación familiar, el llegar a acuerdos de separación o divorcio, ¿es el futuro?- La reforma del código civil en Cataluña apoyará la mediación. Es dar una oportunidad de acuerdo a las parejas sin ir al Juzgado. Parece lo lógico.
Pero la antítesis de la lógica es la emoción. Y en estos casos, está a flor de piel.- Fomentar la imagen positiva del otro miembro de la pareja es lo mejor para el desarrollo psicológico del niño. ¿Abundan los casos?- Cada vez más.
Pero también existen los casos extremos, de destrucción absoluta de la imagen del otro. Cada vez más gente accede a la mediación, a llegar a un acuerdo con un único abogado. En eso Gipuzkoa es un ejemplo.
El trabajo que hace Agipase, la Asociación de Padres y Madres Separados, es ejemplar. Van hacia la mediación y la custodia compartida.Gipuzkoa es el territorio del Estado con menos conflictividad familiar.- ¿Hay mucho padre que se desentiende de la educación de sus hijos? - No debería haber ninguno.
Y nadie denunciará a uno que lo hace, algo que sería necesario. Estos progenitores cada vez son menos.- Las mujeres con hijos a cargo están sobrecargadas...- Rehacen su vida familiar en un porcentaje mucho más bajo que los varones. A una mujer divorciada se le exige mucho en todos los aspectos.- ¿Un divorcio saca lo peor de cada uno?- No necesariamente.
Pero el sistema está organizado para que salga. Es un marco adversarial, de uno contra otro. 'Yo te acuso', 'yo te demando', 'yo te ejecuto'. Y si el sistema está así preparado, será usado por aquéllos que están en su peor momento. Y un divorcio no es el mejor momento vital.- ¿Qué debe empezar a cambiar?-
Hay que aceptar que el divorcio es un hecho normal en la vida. Y hay olvidarse de usarlo como medio de venganza emocional o económica. Los hijos están en medio.- Su apuesta de futuro...- Entender que el divorcio de los padres no implica el divorcio de los hijos. Y que, después de la ruptura, seguiremos siendo la familia de nuestros hijos.

EN ESPANA Y PUERTO RICO SE IMPONE LA FAMILIA MONOPARENTAL DE LA MUJER

Más de un 90% de las madres obtiene la custodia de los hijos tras la separación. Aumentan las custodias compartidas entre los progenitores, pero siguen siendo pocas.
La tendencia es que los menores pasen "periodos de tiempo más equitativos con ambas partes", apunta la juez de Familia. m. pérez. Pamplona.
La mujer obtiene en más de un 90% de los casos la custodia de los hijos cuando se produce una separación o divorcio en Navarra, según estimó la titular del Juzgado de Familia, Juzgado de Primera Instancia número tres de Pamplona, Margarita Pérez Salazar.
Matizó que desde la reforma del Código Civil en el año 2005, que recoge el concepto de custodia compartida, han aumentado el número de custodias compartidas, sobre todo pactadas, si bien la cifra sigue siendo escasa.
No obstante, se constata que en los últimos años "se tiende a que los hijos pasen periodos de tiempo más equitativos con ambas partes".
Preguntada por las causas que motivan el elevadísimo porcentaje de custodias que recae en la madre, la juez apuntó que "al menos la mitad de los procedimientos de un juzgado son de mutuo acuerdo", por lo que "son ellos los que lo han fijado".
Asimismo, indicó que en los procedimientos contenciosos no siempre se discuten las medidas personales, de hecho los temas económicos suelen generar mayor controversia, y que en los casos en que existe un conflicto de custodia "hay un informe pericial que determina".
También señaló que antes de adoptar la decisión se escucha a los menores. Además, "nos encontramos con que la sociedad nos hace ver que el papel de cuidador fundamental sobre todo en los primeros años lo ejerce todavía la madre" y esa realidad "tiene un reflejo en la ruptura", si bien "hay padres que comparten mucho más" y eso se ha reflejado en un reparto de tiempo más equitativo.
De este modo, expuso la magistrada, aunque no se dicten tantas custodias compartidas, sí que cada vez los convenios que se acuerdan son bastante equitativos, de manera que "puede haber un convenio de custodia para la madre y visitas para el padre que comparta mucho más a los hijos que en un sistema de custodia compartida por meses", indicó.
La juez de Familia hizo especial hincapié en que la custodia "se refiere únicamente a la convivencia, no da más derecho que el derecho a convivir, a gozar de la compañía del menor. El resto entra dentro de la patria potestad, que se comparte prácticamente siempre".
La juez sostuvo que hay que combatir "la creencia de que cuando tenemos la custodia te dan todos los derechos y deberes con respecto al hijo", cosa que no es cierto. Para ello, apostó por llevar a cabo una labor informativa "de lo que implica la patria potestad y la custodia".
Reconoció que los jueces deberían aclarar mejor estos conceptos en las sentencias y dijo que "el error se extiende a centros escolares, donde informan sólo al custodio; a centros de salud, donde se le niegan informes al que no tiene la custodia pese a tener la patria potestad...".
Pérez Salazar aseguró que "ya no se ven tantos convenios en los que el no custodio, que normalmente es el padre, esté 4 días al mes, fines de semanas alternos, con los niños", ya que "casi siempre se fijan días entre semana, 1 o 2 días, y muchos de ellos llevan pernocta"."¿Eso es custodia compartida? No tengo ni idea, es otro reparto del tiempo, que es custodia compartida en tanto que es más equitativo".
La regulación de 2005 establece requisitos "muy exigentes" para conceder la custodia compartida.La ley dice que "prioritariamente es un sistema que debería ser pactado", si bien existe la posibilidad de fijarlo en un procedimiento donde no hay acuerdo.
En los contenciosos, según explicó la juez, una de las partes tiene que pedir la custodia compartida, normalmente es el padre, se exige que haya un informe favorable del Ministerio Fiscal y que "el juez razone que sólo de esa manera se puede proteger el interés del menor".¿por qué custodia compartida?"No quiero ser el tío Vicente a partir de ahora"."Lo único que quiero es no ser el tío Vicente a partir de ahora".
De este modo, le contestó un padre a la juez Margarita Pérez Salazar cuando le preguntó por qué quería la custodia compartida."Me pareció bastante gráfico. Él lo que quiere es estar el tiempo suficiente para poder ejercer, para no convertirse en un tío. Lo entendí perfectamente", sostuvo.
Como señaló la magistrada, "hay que luchar para que el divorcio no signifique para los niños una monoparentalidad".
Para ello, hay que trabajar ámbitos como la patria potestad o que las sentencias sean más equitativas.
En este sentido, reiteró que tras la ruptura "tiene que seguir siendo la responsabilidad compartida en cuanto a todo el tema de decisiones que a partir de ese momento se van a adoptar con el hijo, hay que fijar cauces de comunicación para que eso sea una realidad y luego es muy importante que las estancias de los hijos con una y otra parte sean adecuadas a la situación real, laboral, de domicilio".
En este sentido, comentó que "hay veces que piden custodias compartidas con unos padres que trabajan de 7 de la mañana a 9 de la noche y alegan que ya contratarán a alguien; y tenemos a la mamá en casa sin hacer nada desde las 3 de la tarde.
Hay que generar un sistema que funcione bajo un principio, que puedan disfrutar de su padre y de su madre a lo largo de la semana y los fines de semana con un sistema de equidad".Al respecto, consideró "muy interesante" el plan de parentalidad que establece el anteproyecto de reforma del Código de Familia Catalán, el cual obligará a las partes "a sentarse y establecer en su vida como divorciados cómo se van a organizar con respecto a sus hijos, cómo van a afrontar las decisiones, cómo se las van a comunicar...", un sistema organizativo que las sentencias y los convenios no recogen.
En cuanto al tipo de custodia compartida que se establece en Navarra, la mayor parte son por periodos largos, trimestres o cursos académicos, y son los hijos quienes cambian de domicilio.La juez afirmó que cada vez son más los padres que piden la custodia y consideró que habría que reformar la ley en lo concerniente a la regulación del tema de la vivienda.
Señaló que no ha notado un descenso de separaciones por la crisis.En cambio, aseguró que "vivir situaciones económicamente apretadas somete a la familia a un plus de tensión que genera problemas y rupturas".

JORNADA DE JUECES DE FAMILIA

Plantean convertir en norma la custodia compartida. Expertos señalan esta opción como la más beneficiosa para el menor.Detectan una disminución de los divorcios de mutuo acuerdo.

ARJONA: Alrededor de un centenar de expertos participan desde ayer en las quintas Jornadas de Jueces de Familia, Incapacidades y Tutelas, en las que se señaló por parte de psicólogos y jueces la conveniencia de priorizar la custodia compartida en bien del menor.
Actualmente, la Ley del Divorcio del 2005 establece la custodia de la madre como primera opción y como algo excepcional la compartida, que se prevé preferentemente para los casos de mutuo acuerdo y que se aplica solo en un 10% de los divorcios.
En este sentido, el magistrado Francisco Serrano señaló la necesidad de abordar una reforma urgente de esta ley en lo que se refiere a las atribuciones del domicilio, de forma que se eviten discusiones patrimoniales en los procesos de divorcio y que la lucha por la custodia se convierta en una disputa por el uso y disfrute de la vivienda conyugal.
Francisca Fariña, catedrática de Psicología Jurídica del Menor de la Universidad de Vigo indicó además durante la mesa redonda sobre Conflictos parentales la importancia de fomentar el uso de la mediación y de programas de intervención psicosocioeducativos para reeducar a padres e hijos y evitar que el proceso de divorcio tenga consecuencias traumáticas en ninguna de las partes.
Según datos ofrecidos por Fariña, el 40% de los primeros matrimonios en España acaba en divorcio, cifra que aumenta cuando se trata de segundas nupcias.
Por otra parte, 150.000 niños viven y/o sufren la separación de sus padres, en la mayoría de los casos cuando son aún menores de edad.
En relación a estos niños, la psicóloga llamó la atención sobre el hecho de que "aunque muy pocos padres, menos del 1% actúan de forma consciente con la idea de perjudicar a sus hijos en los casos de divorcio, sí es frecuente intentar hacer daño a la ex pareja y que esto perjudique a los menores".
De ahí que los conflictos familiares sean actualmente la principal causa de efectos negativos de carácter psicoemocionales, físicos y conductuales en los hijos.Las jornadas continúan hoy en el Rectorado en torno a cuestiones relacionadas con dependencia e incapacidad.

TESTIMONIO DE UNA MADRE

Reflexiones sobre la custodia compartida. Riesgos emocionales, secuelas psicológicas e intereses dominantes ante la custodia compartida.

La separación conlleva una crisis familiar que, en la mayoría de los casos, supone situaciones conflictivas vividas por los miembros integrantes, ya sean de modo expreso o subliminar.
Cuando la convivencia se hace imposible, los hijos al igual que los adultos, lo "huelen" en el ambiente.
Todos hemos vivido en algún momento, una sensación parecida, aunque sea fuera del contexto familiar.
En este estado de cosas, parece obvio que una situación de custodia compartida, no hace sino enquistar este tipo de circunstancias.
De manera que los miembros de la familia, no sólo no ven salida a la situación, sino que además se ven obligados a revivirla con frecuencia.
Los hijos se encuentran con un trabajo doblemente difícil para desarrollar su autoestima al verse convertidos en paquetes de ida y vuelta, o pelotas de pin-pon, incrementando el sentimiento de culpabilidad e inseguridad como objetos de disputa.
Y al mismo tiempo, se ven obligados a tener una vida dividida que les impide relacionarse normalmente con sus congéneres, mermando el desarrollo psicosocial.
Si la justicia, y los progenitores, pretenden realmente favorecer el bienestar a los menores, están olvidando muchos "pequeños" detalles para conseguirlo.
Tampoco hay que olvidar que los padres, en su derecho a vivir de manera independiente, pueden sentir cierta confusión entre los intereses familiares y los personales.
De manera que finalmente, también son los hijos los que deben adaptarse a estos.
La custodia compartida, no olvidemos que es un derecho y un deber que tenemos todos los padres con nuestros hijos desde el momento del nacimiento, y no es algo nuevo cuando se presenta la ruptura de la pareja.Como tampoco lo es el hecho de que los hijos pasen mayor parte del tiempo con uno de ellos.
La seguridad familiar con la que todos hemos crecido, implica la existencia de dos figuras representativas, pero no establece desde el nacimiento los tiempos divididos equitativamente para atender y convivir con los hijos.
Entonces, ¿Por qué obligarles a esta diferencia? ¿No estaremos fomentando una sociedad desarraigada ante tal confusión de valores?
Aplaudiría efusivamente a aquellos padres que pese a perder el amor que les unió, saben mantener el respeto debido entre dos seres, y el que sus hijos necesitan aprender.
En ese caso, este tema no entraría en los tribunales, ni en los cafés del desayuno, porque la familia seguiría siendo familia.
Y si no lo es, un tribunal no hará que lo sea partiendo por la mitad la vida de los hijos.No se trata de ganar, ni de elegir, se trata de vivir dignamente.

QUIEN DA MAS

Sólo una de cada diez separaciones contempla la custodia compartida. Es muy difícil que los miembros de una pareja se pongan de acuerdo para pactar una guarda y custodia compartida.
El 90% de los ceses temporales de la convivencia en los últimos 12 meses han sido divorcios.
En 9 de cada 10 casos es la autoridad judicial la que suele establecer los regímenes de visita de los hijos.
Los juzgados de Primera Instancia de la provincia tramitaron el pasado año unos 10.000 asuntos de Familia, según las estimaciones que manejan algunas fuentes consultadas. Del total de casos, el 40% está relacionado con separaciones, divorcios y ceses temporales de la convivencia.
Según los mismos datos, sólo en el 10% de estos casos la pareja, ya esté casada o no, se acoge a la guarda y custodia compartida de los hijos, lo que da una idea del nivel de deterioro que sufre la convivencia entre los miembros de una familia que han decidido poner fin a su relación.Sin embargo, estos acuerdos son los más beneficiosos para el menor, ya que sufren poco trasiego y además pasan el mismo tiempo con ambos progenitores.
Estos regímenes no suelen ser recurridos a la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, la encargada de ver estos recursos, ya que es el juez de primera instancia el que sanciona los acuerdos.
Antonio Alcalá, el magistrado que preside esta Sección de la Audiencia Provincial, afirma que "la guarda y custodia compartida es muy complicada. De ninguna forma nos oponemos a ella, de hecho, es la situación ideal, pero estos pactos son poco habituales".
De los 10.000 asuntos de Familia que se tramitan en los juzgados de Primera Instancia de toda la provincia:
1.- unos 4.000 están relacionados con separaciones y divorcios (el 90% de los ceses de la convivencia son divorcios);
2.- 3.000 tienen que ver con modificaciones de las medidas previamente acordadas;
3.- 2.000 con asuntos en los que hay menores de por medio y
4.- el resto es relativo a diversos asuntos (acogimientos, desamparos, filiaciones, etcétera...).
Con la nueva ley sobre el divorcio, aprobada en 2005 por el Congreso de los Diputados, ha hecho que el número de divorcios se dispare.
Anteriormente, las parejas tenían que esperar 5 años para obtenerlo o presentar una demanda de separación. Ahora, acuden directamente a esta figura.
Así, si en 2005 había unos 2.000 divorcios, en los últimos 12 meses se han producido alrededor de 3.600."La figura de la separación prácticamente hoy no se da.
También tenemos que mediar entre parejas de hecho o que no se han casado ni están sujetos a ninguna regulación", añade el magistrado.
Según Alcalá, los equipos técnicos adscritos a los juzgados tienden a fomentar los arreglos y las terapias de grupo entre las familias y, a la segunda instancia que él preside, sólo llegan los recursos sobre asuntos que no han sido sancionados en la Primera Instancia."Lo que nos llega aquí es el reflejo de la vida misma. Muchas veces se discute por la asignación económica de los hijos y ahora estamos viendo que algunos miembros de la pareja no pueden pagar porque se han quedado en paro debido a la crisis", subraya el magistrado.
Éste recuerda que el no hacer frente a estas obligaciones monetarias para con los hijos está incluso sancionado por el Código Penal bajo la figura del abandono de familia.

CARTA A LOS JUECES QUE HAN CONCEDIDO LA CUSTODIA COMPARTIDA

Agradecemos en gran manera su actitud pionera al plantear, aunque sólo sea en las medidas provisionales, la custodia compartida a partir del ordenamiento jurídico actual.
Como padres separados sabemos que esto es posible desde ya y que sólo una actitud ciertamente pusilánime en la judicatura española está haciendo que se opte por la custodia monoparental frente a la custodia compartida con todas las consecuencias negativas para los hijos y la sociedad en general que acarrea esta actitud.
Ciertamente la custodia compartida, a nuestro entender, es la única forma justa de proceder tanto en la separación matrimonial como en el divorcio y evitar sentencias aberrantes cuando no contradictorias e injustas.
Efectivamente, la custodia monoparental provoca, en los hijos, una privación del derecho fundamental a tener padre y madre en igualdad de condiciones, derecho recogido explícitamente en la Carta de los Derechos Humanos promulgada por la ONU.
La custodia compartida lo hace efectivo. La custodia monoparental se basa en una confusión terminológica y jurídica, entre matrimonio y familia, de graves consecuencias sociales ya que hace que se separe lo que hay que salvaguardar (familia) mientras se mantiene lo que se pretende disolver (matrimonio).
La custodia monoparental criminaliza al exconyuge al que se le priva de la custodia de sus hijos ya que de lo contrario no se le podría privar de un derecho tal, ni de las funciones básicas que conlleva.
La custodia monoparental se convierte en la práctica en un monumental atentado contra el espíritu de cualquier Constitución moderna y en concreto contra la Constitución Española al decidir tener que dar la custodia casi en la totalidad de los casos a la madre.
La custodia monoparental coloca los derechos del cónyuge custodio por encima del derecho de los hijos, pervirtiendo así el espíritu de la misma ley del divorcio.
La custodia compartida coloca el derecho de todos en el mismo plano y en este sentido, aunque finalice el matrimonio, salva las relaciones personales de los padres con los hijos.
La custodia monoparental, al obligar a pagar una pensión alimenticia a través de una persona (a la que ya no le une el vínculo matrimonial), provoca un conflicto fundamental en el progenitor no custodio, un problema de conciencia, al tener que aceptar la enajenación de una función básica y natural que está por encima de todo derecho: la alimentación directa y el cuidado y protección de su prole.
Es sabido que con esta medida, se crea un problema psicológico de primer orden, llamado por los expertos "síndrome de alienación parental", consistente en la dificultad cuando no imposibilidad de mantener una relación filial normal y sana entre padre no custodio y descendencia, al ser éste privado de las funciones básicas de alimentar y proteger directamente sobre las cuales se construye el vínculo afectivo.
La conculcación de este derecho además de tener graves consecuencias en el mantenimiento de la relación afectiva y personal de los hijos con los padres no custodios , provocan desajustes psicológicos en los menores sobradamente recogidos en la literatura y estadística psicológica infantil.
La custodia monoparental es la antítesis del propio divorcio.Alarga el vínculo matrimonial (mater-moneo) bajo una nueva fórmula: el matrimonio de servidumbre, al conculcar el derecho a seguir conviviendo con los hijos por igual y no obstante seguir obligándolo a pasar una pensión.
Un pago semejante sin el derecho correspondiente sólo puede basarse en un régimen esclavista de la persona.Además el tipo de custodia monoparental que se aplica en España pervierte, a nuestro entender el derecho sucesorio al aceptar que los bienes que pertenecerían a los hijos puedan ser sustraídos por el excónyuge custodio.
Sabemos, por diferentes estudios que corroboran los datos estadísticos, que con la custodia monoparental:
1.-los hijos se sitúan en niveles de desprotección mucho mayores que cuando existe la custodia compartida,
2.-los niños son víctimas en mayor medida de la violencia doméstica.La custodia monoparental con su corolario de pérdida del derecho de los hijos a seguir viviendo con uno y otro padre en igualdad de condiciones supone un juicio no sólo injusto sino ilegitimo, ya que en realidad no existe "delito" alguno por el que se pueda "juzgar" y privar a nadie de un tal derecho.
Los supuestos "culpables " son en primer lugar los hijos y en segundo lugar el padre no custodio.
Además, de la manera concreta en que se procede en los juzgados de familia en España, la actuación de los gabinetes psicosociales se convierten en " un juicio previo" sin garantía procesal alguna, por el que estos aportan pseudoteorías psicológicas, obsoletas desde el punto de vista científico, y aquellos obtienen el contenido para sus sentencias que no pueden apoyar claramente en derecho.
Es por todo ello que no podemos sino mostrarle nuestra gratitud, en nuestro nombre y en el de nuestros hijos e hijas.
Sabemos que su actitud, contra corriente, al margen de presiones fácticas, le honra.Hace muchos años que esperábamos esto de la justicia, por eso queremos ahora hacer un reconocimiento a la lucidez, a la generosidad y a la valentía de todos aquellos jueces que simplemente siendo ecuánimes mueven la sociedad día a día.Por todo ello, simplemente.

miércoles, enero 07, 2009

A QUIEN DA LA CUSTODIA EL JUEZ

A quién da la custodia el juez y por qué?

La ley dice que, tras una separación o un divorcio, la guardia y custodia de los hijos puede ser adjudicada a cualquiera de los dos progenitores. Corresponde al juez tomar la decisión final analizando diversos factores, aunque en el 95% de los casos, la sentencia es favorable a la madre. Guardia y custodia es un concepto jurídico que define con quién va a convivir el hijo cuando se produce el divorcio o la separación de sus padres.
Si hay mutuo acuerdo entre los 2 progenitores sobre este aspecto, el juez puede ratificar lo que han acordado ambos, salvo que considere que puede haber un riesgo claro para los menores. Ahora bien, si no hay acuerdo previo, la justicia decide.... En este supuesto se tienen en cuenta varios factores:
1.- No separar a los hermanos.
2.-Las necesidades afectivas y emocionales de los mismos.
3.-La cercanía de otros miembros de la familia (los abuelos, por ejemplo).
4.-La disponibilidad de los padres para poder atenderles mejor o peor.
5.-Si alguno de los cónyuges tiene algún tipo de adicción, enfermedad mental o tipo de vida desordenada.
La tradición manda. Otro de los criterios que tiene en cuenta el juez, y que a menudo resulta el más determinante, es la dedicación que haya tenido cada progenitor hacia el hijo antes de producirse la ruptura.
Por este motivo es por el que, a pesar de haber una igualdad jurídica en razón de sexo a la hora de considerar con quién han de quedarse los hijos, en el 95% de los casos se adjudican a las mujeres.
Aún pesa el papel de madre educadora, que ha recaído tradicionalmente en la mujer, pero una nueva generación de hombres, implicados y capaces para la labor, reivindican el derecho a vivir y educar a sus hijos cuando la pareja se extingue.
El régimen de visitas.
La justicia llama régimen de visitas al tiempo que el niño convive con el progenitor que no posee la custodia.
Lo más común es establecer un régimen de visitas de fines de semanas alternos y períodos vacacionales al 50%. Sin embargo, cada vez se convienen regímenes de visitas más amplios, introduciendo algún día entre semana.
Cuando no existe acuerdo entre las partes, es obligatorio establecer un régimen mínimo y deben quedar detallados los períodos, días y horas de recogida, así como quién será la persona que vaya a buscar a los menores. Y cuando el niño sea mayor de 13 años se tendrá en cuenta su opinión a la hora de establecer el régimen y las fechas de las visitas.
Derechos y obligaciones con los niños.
Tanto si se quedan al cargo de los hijos como si no, los dos cónyuges tienen una serie de derechos y obligaciones con los niños:
CON CUSTODIA: El disfrute diario de los hijos.Tomar las decisiones que afectan a los niños en el día a día. Administrar sus bienes y la pensión alimenticia. Alimentarles, educarles y darles la compañía y el cariño necesarios. Facilitar el cumplimiento del régimen de visitas. Informar al otro progenitor de las incidencias importantes que le sucedan al menor.
SIN CUSTODIA: Disfrutar del régimen de visitas acordado. Ser informado de todas las incidencias importantes. Ejercer la patria potestad, que sigue siendo compartida, salvo que el juez indique lo contrario. Acudir al juez en caso de que se produzca algún incumplimiento. Obligaciones Cumplir con todo lo acordado en el convenio regulador (régimen de visitas, pensiones alimenticias...) Velar por ellos en todo lo que se refiere a salud, educación y desarrollo integral de su persona.
Tres anos despues de que se abriera la posibilidad de compartir la custodia de los hijos, muy pocas parejas se acogen a este sistema. ¿Por qué?Así de tajante se mostró la juez María Sanahuja en el año 2004:“Si queremos superar el modelo de la caverna –él caza, ella se ocupa de la prole–, crecer profesionalmente y enriquecer a nuestros hijos, la custodia compartida tiene que ser nuestro modelo”.Por aquel entonces, Sanahuja declaró que gracias a esta forma jurídica había logrado asumir el Juzgado Decano de Barcelona.Ese mismo año se realizó la reforma de la Ley de divorcio que contemplaba, entre otras cosas, la custodia compartida.Ahora, más de 3 años después de su entrada en vigor, hay muchas peticiones, muchas limitaciones y ninguna estadística.Pese a la ausencia de cifras, que esta posibilidad aparezca en la ley ha incrementado las reclamaciones por parte de los padres, afirma Luis Zarraluqui Sánchez-Eznarriaga, presidente de uno de los bufetes más prestigiosos de España en Derecho de Familia.“Ahora es raro el hombre que no lo plantea. Aunque no muchos la consiguen”, explica.Jueces por fiscales.La ley limita la facultad de los jueces para otorgar este tipo de custodia, porque exige la aprobación del fiscal.“Es improcedente. No se puede dar a los fiscales la posibilidad de cerrar la puerta a una alternativa que tiene el juez”, opina Zarraluqui.“Su misión es defender al menor, pero cuando llegan al juicio ni lo conocen ni han oído su opinión"Así, la mayoría de las veces, hacen peticiones o se oponen a las de otros con un criterio puramente generalista”, concluye.Cuando hay mutuo acuerdo es más sencillo conseguir la custodia compartida, aunque, incluso así puede ser rechazada.En casos contenciosos, sin embargo, no se suele conceder.Con las peticiones no conseguidas resonando más que las que sí lo son, el balance de Marisa Sacristán, presidenta de la Asociación para la Protección del Menor (Aprome), es que la ley ha sido positiva, aunque no ha tenido logros inmediatos.Asegura que la nueva normativa está contribuyendo a un cambio de mentalidad.Las parejas empiezan a asimilar ideológicamente, dice Sacristán, que ambos deben seguir ejerciendo su responsabilidad hacia los hijos y que la convivencia con ellos debe ser equilibrada. “Antes, como las separaciones se hacían atribuyendo la culpa a uno, lo que a veces implicaba la eliminación de la convivencia con los niños, de alguna manera se veía como normal que el padre viera muy poco a sus hijos. Por otro lado, si a una madre la dejaban sin los niños era señalada socialmente como alguien que había hecho algo mal. Con la mentalidad de entonces no se concebía otra posibilidad”, explica.Tengo la custodia, ¿tú qué tienes?.Aunque no se concedan muchas custodias compartidas “oficiales”, el sistema de régimen de visitas adoptado en la actualidad por muchas parejas separadas se acerca a un modelo que podría recibir ese nombre, aunque la custodia sea para uno y el otro conserve una relación de convivencia mucho más intensa que las anticuadas cuatro visitas al mes.De hecho, no son pocos los abogados, asociaciones y psicólogos partidarios de la supresión del término custodia.Opinan que, al ver su solicitud rechazada, la pareja con hijos interpreta que uno de los cónyuges es de primera y el otro, de segunda; que uno ha ganado y el otro ha perdido.Con eso, aumenta la confrontación y los niños acaban siendo los mayores perjudicados.Y no son los únicos: hay un grupo creciente de hombres que sufren con la escasa convivencia con sus hijos.Algunas investigaciones psicológicas revelan una caída en la autoestima del padre o de la madre que se limita a estar con su hijo durante las visitas. “Se ven desposeídos de una serie de atributos como padres, no se atreven a imponer reglas, a cambiar las del otro, a interactuar con sus hijos. Se acercan a ellos con miedo. Esto provoca un deterioro en la relación y un mayor distanciamiento, lo que se corresponde con los famosos impagos de pensiones”, afirma la psicóloga jurídica Trinidad Bernal.Cuando las cosas van mal.Para los expertos, hay que diferenciar entre el incumplimiento del pago de alimentos y el de las visitas. “El dinero se puede obtener. El incumplimiento de visitas, sin embargo, es de difícil solución, porque es un problema de educación, de respeto a la ley y a los propios niños”, opina Zarraluqui.El abogado cuenta que ha visto a muchos adultos usar a sus hijos como coartada para incumplir el régimen de visitas.Ahí entra el polémico síndrome de alienación parental: “Le lavan el cerebro al niño diciendo que su padre no lo quiere. Y luego argumentan que es él quien no quiere ver al padre”, dice.Para las asociaciones de mujeres, que están contra la custodia compartida, el síndrome no existe. Ana Mª Pérez, presidenta de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas, cree que esta custodia causa problemas psicológicos a los niños, algo que la psicóloga Trinidad Bernal no comparte: “No tiene por qué causar perjuicios al niño, sobre todo si se hace a edades tempranas. Acaban tomándolo como natural y tienen la satisfacción de estar con los dos progenitores”.Custodia compatidaFrancisco Trillo, graduado social: “Es un derecho que conlleva muchísimas obligaciones”María Sanahuja, juez: “Mis hijas nos necesitan a los dos”Jorge Skibinsky, médico: “Unas horas no dan para ser padre”RESUELVE TUS DUDAS¿Cómo se solicita la custodia compartida?Mediante un abogado que presenta un convenio de mutuo acuerdo.¿Qué requisitos pide el juez?Es importante que ambos progenitores vivan suficientemente cerca y que se lleven relativamente bien.¿Es un sistema mejor para los hijos?La psicóloga Trinidad Bernal cree que “desequilibrar las funciones de los padres no permite el avance en el desarrollo psicosocial adecuado de los menores y tampoco una relación positiva y buena con ambos padres”.¿Cuál es el mejor modelo?La ley no fija un modelo estándar. “Todo lo que es rígido es duro para los niños. Una semana aquí, una semana allí… Eso no es positivo, porque la convivencia familiar es flexible”, afirma Marisa Sacristán, presidenta de la Asociación para la Protección del Menor. “Tener una casa donde se quede el niño, y que sean los padres quienes entran y salen, es una medida provisional”, opina Trinidad Bernal.¿Qué se echa en falta?Que no se haya instaurado por ley la figura del mediador.Publicado por Teixo 0 comentarios Enlaces a esta entradaEntradas más recientes Entradas antiguas Página principalSuscribirse a: Entradas (Atom)Padres Divorciados MadridSuscríbete a padresdivorciadosmadrid
FORO DE ENCUENTROPunto de EncuentroDatos personalesTeixoComo Presidente de la Asociación PADRES Y MADRES en ACCION de Madrid. Declarada de Interes Público por el Ayuntamiento de Madrid. Queremos que, tanto hombres como mujeres, todos los afectados por los efectos negativos de la Ruptura de la Pareja, UNAMOS nuestros esfuerzos por cambiar la actual Ley sobre el Divorcio, por los problemas que esta creando, dia a dia, sin solución a corto plazo. Contactanos en: usedimad arroba gmail.com ó alarmavisor arroba yahoo.es Telefono contacto:649 116 241 Solo podremos contestar si teneis activados el perfil o contestais al e-mail de la Asociacion. Entre TODOS PODEMOS (Yes, WE CAN) Ver todo mi perfil
Publicado por Faisel Iglesias en 14:34 0 comentarios

TENEMOS DERECHO A TENER PAPA Y MAMA

Por el Lcdo FAISEL IGLESIAS

La custodia monoparental es un crimen contra los niños con el que colabora todo aquel que no se opone a la misma
Renunciar al cuidado de nuestros hijos atenta contra su derecho a tener padre y madre en igualdad de condiciones.
Permitir que nos sea sustraído un derecho fundamental como la paternidad y permitir que los hijos vivan sin este derecho es convertirse en una persona que acepta la alienación.
La persona que renuncia a la custodia compartida y asume ser separado de sus hijos, renuncia a un derecho fundamental reconocido en la Carta de las Naciones unidas y provoca la privación de este derecho natural en sus hijos.
Aceptar que uno de los padres asuma la custodia permite confusión terminológica y jurídica entre matrimonio y familia, confusión de graves consecuencias sociales que hace que se separe lo que hay que salvaguardar (familia) mientras se mantiene lo que hay que disolver (las relaciones dañinas, oportunistas, matrimonio sin afecto y sin respeto).
Quien acepta que la custodia de sus hijos la asuma sólo su expareja permite que se le criminalice pues de lo contrario no podría ser privado del derecho fundamental a convivir con sus hijos en igualdad de condiciones. Esta criminalización de la figura paterna comporta graves consecuencias en el desarrollo psicológico de los hijos.
La persona que acepta la separacion de sus hijos asume su discriminación por razón de sexo situándose al margen de la justicia de cualquier sociedad moderna que establece en su constitución la igualdad y rechaza dicha discriminación.
La persona que permite que la custodia de sus hijos la obtenga sólo su expareja acepta que los derechos del padre custodio estén por encima del derecho de los hijos, pervirtiendo el espíritu y la misma esencia de la contitucion y las leyes.
La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensión alimenticia a través de otra persona (padre o madre custodio) hace dejación de un derecho fundamental e inalienable a proporcionar alimento y protección directamente a su descendencia, siendo su situación contraria a la que corresponde a cualquier cultura tanto humana como incluso animal.
La conculcación de este derecho tiene graves consecuencias en el mantenimiento de la relación afectiva y personal de los hijos con aquellos padres que aceptan no ser proveedores directos de protección y alimento y lesiona para siempre los rasgos de la personalidad de sus hijos.
La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensióón alimenticia a través de otra persona renunciando al derecho de la convivencia en igualdad de condiciones con sus hijos, en realidad no rompe el vínculo con su expareja, sino que lo alarga en el tiempo bajo una nueva y al mismo tiempo antigua y amarga fórmula: la servidumbre propio de los regímenes de esclavitud.
La persona que acepta la custodia monoparental pervierte el derecho sucesorio y acepta que los bienes que corresponden a sus hijos, puedan ser sustraídos por el excónyuge custodio.
Quien acepta acepta la custodia monoparental sabe que sus hijos se situaran en niveles de desprotección de los que dan cuenta los estudios sobre violencia doméstica, lo que constituye una grave irresponsabilidad.
La persona que acepta la custodia monoparental asume a para sí y para sus hijos un juicio injusto en el que no existe "" delito"" alguno y no obstante serán castigados con la privación de un derecho.
La persona que acepta la custodia monoparental asume que se le someta a él y a sus hijos a un juicio ""previo"" sin garantíía procesal alguna que tendrá lugar en el marco de actuación de los gabinetes psicosociales de los juzgados.
La persona que acepta la custodia monoparental asume el juego perverso que se da entre juzgados de familia y gabinetes psicosociales por el que estos aportan pseudoteorías psicológicas , obsoletas desde el punto de vista científico, viciadas muchas veces por ideologías revanchistas y obtienen así el contenido para sus sentencias que no pueden justificar de otra manera.
El que renuncia a la custodia de sus hijos los expone al sindrome de alieneacion parental quel se define comúnmente como el establecimiento de barreras hacia la relación o, incluso, la incitación a odiar al progenitor no custodio por parte del progenitor que detenta la custodia monoparental.
Cuando se prueba la mala voluntad del progenitor custodio en la creación del síndrome de alienación parental, éste es considerado un delito por la justicia y puede ser castigado incluso con el cambio de custodia a favor de padre no custodio.
Sentencias en este sentido se han firmado a lo largo y ancho de la geografía del mundo en estos últimos años.No obstante considerarse un progreso, esta definición es incompleta.
Alienar significa (según el diccionario de la RAE) trastornar mentalmente pero también, y esta es la definición que nos atañe, el acto de desposeer o privar de algo, en este caso, el derecho a tener padre y madre en igualdad de condiciones.También significa quitar, pasar o transmitir a otro el dominio de una cosa.En este sentido los principales responsables de la creación del síndrome de alienación en nuestros hijos y en el resto de los miembros de la familia son los jueces.
La alienación la crea quien conculca un derecho y en este caso no es el progenitor custodio (el que conculca el derecho) el padre o madre custodio y el juez, siendo el progenitor custodio, junto a su hijo, victimas, pasivas.
Es una contradicción que un juez que produce la alienación de los hijos castigue al cónyuge custodio quien no hace sino ejecutar su mandato.Esto explica que difícilmente los jueces condenen por el concepto de alienacióón parental al exconyuge custodio.

Solo el amor

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